lunes, 30 de junio de 2008

GRUPOS INTERMEDIOS Y SUBSIDIARIEDAD

Entre el hombre y el Estado existen una serie de organizaciones intermedias (mayores que las personas y menores que el Estado) libremente generadas, como son, v. gr., las juntas de vecinos, los centros de madres, los centros de padres y apoderados, los clubes deportivos, los gremios, los sindicatos y muchas otras. El hombre, aisladamente, no puede satisfacer todas sus necesidades. Tiene entonces dos alternativas: o bien acude al Estado, o bien se reúne con otros hombres para satisfacer sus requerimientos. El ideal es que opte por el último camino. Esto le permitirá aumentar su esfera de libertad (responsable y multiplicadora), puesto que, mientras participe en una mayor cantidad de actividades y en la solución de sus problemas, más libre será. Esta participación en la vida social es la que permite al ser humano lograr un mayor grado de bienestar, de realización personal, espiritual y material. Por eso el reconocimiento a los grupos intermedios fue establecido por nuestra Constitución Política, la que además, les garantiza la necesaria independencia y autonomía para que puedan cumplir los fines que le corresponden. Lo anterior se basa en el principio democrático de la anterioridad y superioridad de la persona respecto al Estado, y de que este esta al servicio de los individuos y no al revés.

En sus aplicaciones económicas las ideas arriba expuestas son llamadas principio de subsidiariedad, el que consiste en que el Estado no realice aquellas actividades que puedan efectuar los particulares. Significa, en otras palabras, que el Estado no debe competir con los particulares, no debe absorber o invadir sus papeles, ni entrometerse en sus debates e intereses, sino en cambio, el Estado debe actuar en subsidio de ellos, debe ayudarlos a realizar su existencia social, a fin de que puedan alcanzar la libertad mediante el ejercicio de papeles y de responsabilidades específicas.

La subsidiariedad no consiste solamente en que el Estado no haga lo que puedan hacer los particulares. Consiste además, en que cada uno de los grupos intermedios existentes entre el hombre y el Estado realice del modo más pleno y completo posible aquellas tareas que en función de su naturaleza le han sido encomendadas, de que sea fiel a su fin propio y peculiar, como único camino para contribuir a una sociedad libre y creadora. El Estado debe actuar sólo en tres circunstancias:

+ cuando se trate de actividades que siendo propias del ámbito de los particulares, en la practica estos no están en situación de cumplirlas;
+ cuando los particulares no cumplan de manera adecuada con las tareas que les corresponden; y
+ tratándose de tareas que los particulares estarían habilitados para cumplir, pero que por razones de seguridad de la nación es preferible que las acometa el Estado.

Dichas funciones estatales de suplencia del Estado –especialmente prioritaria en las áreas más importantes para el país- deben a la vez, ejercerse de manera que se estimule a los particulares para que aborden estas actividades o incrementen su iniciativa en ellas.

Las únicas limitantes que tiene el principio de subsidiariedad es que las actividades que acometan los particulares se encuentren dentro de su competencia y no invadan el área de otras organizaciones; además de que no atenten contra la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad de la nación.

Ya concluyendo, el principio de subsidiariedad expresa a la vez la necesidad de conciencia social y el rol subsidiario como carácter específico del Estado.

3 comentarios:

Álvaro P. dijo...

Este principio es fundamental para evitar totalistarismos.
Fuera del tema: puede ser que me estoy poniendo viejo, o que mi pantalla es muy chica, pero cada vez me cuesta más leer la letra tan chica.
Saludos,
Álvaro P.

Constructor de una sociedad LIBRE dijo...

Álvaro:

Muchas gracias por tu comentario…y respecto a tu fuera de tema, es cosa de analizar un poco las cosas…este año no hemos coincidido en ningún encuentro de jóvenes…

Oscar dijo...

Efectivamente, el principio de subsidiariedad nos ayuda a revisar constantemente las intervenciones del Estado para evitar el totalitarismo y en una democracia suele utilizarse en ese sentido; sin embargo, esta es una de las dos caras de esta moneda. Del otro lado, está la misma reflexión para evitar el mal uso de la autonomía de las corporaciones intermedias propiciando el liberalismo extremo. Por tanto, apelando a este principio debemos siempre buscar propiciar el equilibrio entre estos dos extremos